Gestión de los certificados de profesionalidad
GESTIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD |
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO |
Servicio Público de Castilla y León (Ecyl). Calle Jacinto Benavente nº 2, Arroyo de la Encomienda, C.P. 47195 Valladolid. Teléfono. 983410190 Correo electrónico: protecciondatos.ecyl@jcyl.es
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DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS |
Delegado de Protección de Datos del Servicio Público de Castilla y León (Ecyl). Calle Jacinto Benavente nº 2, Arroyo de la Encomienda, C.P. 47195. Correo de contacto dpd.ecyl@jcyl.es. Teléfono 983410190
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BASE JURÍDICA |
Artículo 6.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Artículo 6.1. e) del RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Ley 3/2023, de 28 de febrero de Empleo.
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FINES DEL TRATAMIENTO |
Gestión de la expedición y registro de los certificados de profesionalidad o acreditaciones parciales acumulables. Los datos personales podrán ser tratados para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos de acuerdo con lo establecido en los artículos 5.1 b) y 89.1 del RGPD.
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CATEGORÍAS DE INTERESADOS |
Personas físicas.
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CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES |
Nombre y apellidos, DNI/NIE/pasaporte, dirección postal, teléfono, dirección de correo electrónico, firma/firma electrónica, Situación laboral, nivel de renta, pertenencia a familia numerosa, titulaciones académicas y profesionales, experiencia laboral, sexo, fecha de nacimiento.
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CESIONES DE DATOS |
No están previstas, salvo obligación legal.
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TRANFERENCIAS INTERNACIONALES |
No están previstas.
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PLAZO DE SUPRESIÓN |
Los datos se conservarán durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.
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MEDIDAS DE SEGURIDAD |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentren descritas en los documentos que conforman la política de protección de datos y política de seguridad de la información de la Junta de Castilla y León.
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